Las ayudas se destinarán a cubrir inversiones y gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto para el que se hayan concedido y que se materialicen en el período de realización del proyecto, desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del mismo.

En ningún caso serán elegibles las inversiones y gastos que se hubieran comprometido o realizado con anterioridad a la presentación de la solicitud.

Se consideran subvencionables los siguientes conceptos asociados al proyecto:

  • Gastos de personal.
  • Aparatos y equipos, así como su instalación.
  • Subcontrataciones.
  • Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto.
  • Gastos de promoción y difusión del proyecto.
  • Otros gastos generales directamente derivados del proyecto y debidamente justificados.
  • Infraestructuras y obra civil.