En caso de incumplimiento de alguno de estos requisitos, el resultado de la revisión se comunicará a los interesados, que dispondrán de un plazo de 10 días para alegar o aportar los documentos que estimen oportunos.
Esta comunicación se realizará a través del envío de un correo electrónico avisando al interesado de la publicación en la página web del Ministerio del requerimiento para que pueda acceder al expediente a través del Registro Electrónico.
Para facilitar este tipo de comunicaciones electrónicas es conveniente que las direcciones de correo electrónico que figuran en la solicitud de ayudas estén debidamente actualizadas y operativas.
El acceso al Registro puede hacerse con la firma electrónica o a través de la clave y contraseña que se facilita en el momento de presentación de la solicitud.
Revisadas las alegaciones, los proyectos que no superen esta fase serán excluidos del proceso de evaluación.
La lista de proyectos excluidos y el motivo de exclusión se publicará en el Portal de Ayudas ubicado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
sede.minetur.gob.es