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Promoción de centros de apoyo a emprendedores (CEAE)

Concesión: convocatoria 2011

Resolución de 21 de diciembre de 2011, de la Secretaría General de Industria, por la que se publican las ayudas concedidas en el año 2011 para la promoción de centros de apoyo a emprendedores.

Resolución de 21 de diciembre de 2011 de concesión (BOE 14-01-2012) [PDF] [249 Kb]

Plazo de ejecución

Tal y como se indica en las resoluciones individuales de concesión, y de acuerdo con lo previsto en el apartado vigésimo.3, de la orden de bases, se ha concedido de oficio una ampliación del plazo de ejecución hasta el 31 de marzo de 2012.

Trámites posteriores a la Resolución de Concesión

De acuerdo a lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la ley anteriormente mencionada, la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases de cada procedimiento, incluyendo, en su caso, el procedimiento de reintegro.

Petición de modificaciones

Los beneficiarios podrán solicitar modificaciones a la resolución de concesión en los términos que figuran en las bases reguladoras. La tramitación electrónica será obligatoria para la presentación de solicitudes de modificación de la resolución de concesión así como para la notificación del resultado de las mismas. Para solicitar las modificaciones deberán utilizar el Formulario de recepción para Promoción de Centros de Apoyo a Emprendedores , utilizando el certificado electrónico del representante legal autorizado.

Lectura de las comunicaciones y notificaciones

Las comunicaciones y notificaciones serán publicadas en el Registro Electrónico del Ministerio.

En el momento de publicarse la comunicación o notificación se enviará un mensaje de aviso a la dirección de correo electrónico a efectos de notificación que figure en la solicitud.

La consulta de las comunicaciones se puede hacer:

  • Con el certificado digital de la persona que actúa como representante de la empresa para ese expediente (persona que presentó la solicitud de ayuda, salvo que haya cambiado el representante posteriormente). En este caso se puede ver la comunicación tanto en el apartado "Salidas" como en el apartado "Expedientes".
  • Sin certificado digital, mediante la consulta de expedientes del Registro Electrónico (no la consulta de Entradas o Salidas). La contraseña del expediente es la que se comunicó por correo electrónico.

La consulta de las notificaciones se puede hacer:

  • Con el certificado digital de la persona que actúa como representante de la empresa para ese expediente (persona que presentó la solicitud de ayuda, salvo que haya cambiado el representante posteriormente). En este caso se puede ver la comunicación tanto en el apartado "Salidas" como en el apartado "Expedientes".

Contactos para la resolución de dudas

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:

Para cuestiones informáticas: