Radio y televisión

Televisión analógica (TV)

La nota de utilización UN-35 del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF) establece que la banda de frecuencias 470 a 830 MHz (canales radioeléctricos 21 a 65) se utilizará exclusivamente por las entidades habilitadas para la prestación de los servicios de televisión terrenal, tanto con tecnología analógica como digital, y su utilización será regulada conforme a los Planes Técnicos Nacionales.

El derecho de uso del dominio público radioeléctrico necesario para la prestación del servicio requiere del correspondiente título habilitante cuyo otorgamiento corresponde al Estado, que revestirá la forma de afectación demanial o concesión administrativa para el uso privativo del dominio público radioeléctrico (licencia de la frecuencia).

El 3 de abril de 2010 cesaron oficialmente en España las emisiones de televisión con tecnología analógica.

La programación continúa en los canales reservados para la difusión de televisión con tecnología digital.

Para más información: 901 201 004